Emisión Certificados Digitales

En unos minutos gestionamos su Certificado Digital, se lo entregamos en un pen drive para que pueda instalarlo en su ordenador y realizar los trámites administrativos que necesite.

Adquiera su Certificado Digital​

Al momento para ciudadanos y empresas

Información y cita previa

91 250 15 50

Autoridad de Registro para Emisión Certificados Digitales

Llaymas Asesores está constituida como Autoridad de Registro para la emisión de los Certificados Digitales. Esto quiere decir que tenemos la Autoridad para poder emitir identidades digitales a nivel Europeo. Cualquier Certificado emitido por Llaymas Asesores tendrá validez en todo el territorio de la U.E., lo que nos habilita como prestadores de servicios de otros países miembros.

El Certificado Digital

El Certificado Digital es un documento digital, que es expedido por una Autoridad de Certificación. Permite identificarse ante terceros, firmar documentación o realizar todos los trámites telemáticos con la Administración de forma segura y con plenas garantías legales. Disponer de un Certificado Digital facilita todos los trámites, e incluso permite automatizar alguno de ellos con la Administración, como las notificaciones. Todo el trámite se realiza desde un único lugar: nuestras oficinas. No necesita personarse en ningún organismo público. El Certificado se emite en el mismo momento.

Normativa legal

España
La Ley 59/2003 derogó el Real Decreto Ley 14/1999 de 17 de septiembre que había sobre la firma electrónica. Este cambio hizo más efectiva la actividad de certificados en el país.

Europa
La Directiva 93/1999 estableció un marco común que se aplicaba a todos los países que integran la Unión Europea y aumentó los niveles de exigencia sobre la normativa sobre la firma electrónica, donde los Prestadores de Servicios de Certificación que emiten certificados cualificados, se han ganado la confianza por un tercero que realiza sus transacciones con los certificados que otorga la firma electrónica avanzada que, tiene igual valor que el de la firma hecha a mano o firma ológrafa.

Entidades emisoras de certificados electrónicos

Las entidades emisoras de certificados electrónicos en España, son los admitidos por la Agencia Tributaria según lo dispuesto en la Orden HAP/800/2014, de 9 de mayo, lo que significa que serán los emitidos por los proveedores autorizados por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. Llaymas Asesores ha llegado a un acuerdo con un prestador de servicios cualificado (UANATACA) para la emisión de certificados digitales iguales en prestaciones a los emitidos por la FNMT. Esto nos permite ofrecer un servicio de gestión del ciclo de vida de los certificados digitales emitidos por dicha entidad (Emisión, Renovación, Suspensión y Revocación).

Preguntas frecuentes

  1. Debe enviar la documentación en función del tipo de Certificado, junto con su teléfono móvil a certificados@llaymas.es

  2. Debe solicitar cita previa para la «personación» en nuestras oficinas a través del teléfono 91.250.15.50

  3. Llaymas Asesores comprobará y validará la documentación que le acredita como persona firmante del Certificado.

Depende del tipo de Certificado que se vaya a solicitar.

Persona física:

  1. Fotocopia del DNI / NIE por ambas caras. En el caso de que en el NIE no aparezca la firma o la fotografía, deberá aportarse algún documento oficial donde se vea la firma o la fotografía.
  2. Teléfono de contacto: debe de poder recibir llamadas de voz.
  3. Correo electrónico: Correo electrónico donde será expedido el Certificado.

Persona jurídica:

  1. Fotocopia del DNI / NIE por ambas caras. En el caso de que en el NIE no aparezca la firma o la fotografía, deberá aportarse algún documento oficial donde se vea la firma o la fotografía.
  2. Teléfono de contacto: debe de poder recibir llamadas de voz.
  3. Correo electrónico: Correo electrónico donde será expedido el Certificado.
  4. Fotocopia de las últimas escrituras registradas.
  5. Certificado del Registro Mercantil que acredita sus facultades de representación.
  6. En el caso de Sociedades de nueva constitución no será necesario aportar la consulta al registro ni que las escrituras estén registradas, será suficiente con la copia simple de la notaría.

 

Entidad sin personalidad jurídica:

  1. Fotocopia del DNI / NIE por ambas caras. En el caso de que en el NIE no aparezca la firma o la fotografía, deberá aportarse algún documento oficial donde se vea la firma o la fotografía.
  2. Teléfono de contacto: debe de poder recibir llamadas de voz.
  3. Correo electrónico: Correo electrónico donde será expedido el Certificado.
  4. Fotocopia del documento de constitución, último acta de representante o cualquier documento análogo que acredite la representación de la misma.

En el momento. Podrá irse de nuestras oficinas con su Certificado en un pen drive.

No, nosotros solamente ponemos a disposición del usuario el Certificado Digital en un pen drive. Recomendamos su instalación en un ordenador y guardarlo. Si el usuario no lo hace correctamente o provoca la pérdida del mismo, no nos hacemos responsables. Sería necesario expedir uno nuevo abonando todos los costes.